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lunes, 21 de octubre de 2013

Reformas a la Ley General de Salud

"Aceptar el hecho de que, tras la fertilización un nuevo ser humano ha comenzado a existir no es una cuestión de opinión, es una evidencia experimental"

JÉROME LEJEUNE, GENETISTA DESCUBRIDOR DEL SÍNDROME DOWN.


Fiel a la costumbre de querer imponer su ideología en contra de la vida y de las mujeres, la diputada perredista Martha Lucía Micher Camarena quiere volver a hacer de las suyas, como lo hizo en el Distrito Federal, cuando presidió el Instituto de las Mujeres, ahora como integrante de la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados. Dos iniciativas en muy diferentes sentidos, que están próximas a discutirse dentro de las comisiones correspondientes, son prueba del trabajo poco responsable de la legisladora, que por un lado desea obstaculizar el trabajo de sus compañeros, y por otro impulsa iniciativas para definir conceptos médicos y científicos, sin recurrir a especialistas.

En el primer caso, ha querido que la iniciativa presentada por el diputado Enrique Flores Flores (PAN), que busca reformar el último párrafo del artículo 1º de la Constitución Mexicana, a fin de proteger el derecho a la vida desde el momento de la fecundación, se dictamine no por la Comisión de Puntos Constitucionales a la que debería ir, sino por la Comisión de Igualdad de Género que ella preside, con lo que, a decir del propio diputado, se buscaría demorar la discusión y volver un auténtico tema de derechos humanos en un tema de género.

En el segundo, el de querer definir la realidad bajo su perspectiva ideológica, se encuentra la iniciativa de reformar la Ley General de Salud, que entre sus puntos más absurdos tiene:

a) Incluir dentro de los derechos de salud, los servicios de reproducción asistida, con lo cual el Estado Mexicano tendría como una de sus funciones conceder el deseo de tener un hijo a cuanta mujer lo desee, sea que ésta pueda o no, darle al futuro hijo las condiciones necesarias materiales e inmateriales para su pleno desarrollo.

b) Considerar a las personas adolescentes como destinatarias de los servicios de salud y reproductivos -cosa que suena muy bonita- con lo que haría posible la entrega indiscriminada de pastillas anticonceptivas o medicamentos de anticoncepción de emergencia, así como la práctica del aborto a cualquier menor de edad adolescente y sin el "acompañamiento o ratificación de sus padres, madres o tutores o de alguna persona adulta..." (Art. 60 Bis).

c) Pero lo más irresponsable resulta la definición de embarazo que propone en el artículo 61 Bis 1, "por embarazo se entiende la parte del proceso de reproducción humana que comienza con la implantación del óvulo fertilizado en la cavidad uterina y termina con la expulsión del producto", con lo cual de un plumazo borra los avances científicos y médicos de los que ya hay evidencia suficiente respecto a que la vida humana inicia al momento de la concepción y no de la implantación, y por lo tanto hay embarazo al haber concepción. Ignora además los comentarios de personas tan calificadas, como el premio Nobel de medicina 2012 Shinyá Yamanaka, respecto a que en cualquier etapa de su desarrollo, el embrión es una vida humana.

Incongruencia pura el que por un lado, al considerarse especialista en temas de derechos de las mujeres, pida ser tomada en cuenta en la iniciativa que protege el derecho a la vida, y por otro, no consulte a verdaderos especialistas cuando intenta definir conceptos biológicos. Se equivoca si cree que el poder que sus votantes de Tlalpan le confirieron al hacerla su diputada, es suficiente para redefinir, nomás porque sí, una realidad biológica.


* Dip. Ana María Jiménez Ortiz, presidenta de la Comisión Especial de la Familia LVIII Legislatura
@AnaMaJimenezPAN

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