Social Icons

            twitterfacebookemail

viernes, 21 de septiembre de 2012

Rechazan diputados plurinominales renunciar a su facultad fiscalizadora


La actividad política, para nosotros y para todo político honrado, no es ni afán egoísta, ni aventura banal,  menos es ocasión de saciar instintos bajos con desenfreno  bestial. Es actividad noble, actividad empapada de consecuencias graves,  actividad dirigida a una realidad viviente que merece respeto y que exige desinterés y generosidad.  (Efraín González Luna).

Con fundamento en el art.  131 del reglamento interior del  Congreso del Estado libre y soberano de Puebla, hago uso de la palabra para dar a conocer la postura de los diputados de representación proporcional del partido acción nacional  ante las iniciativas que hoy se encuentran en proceso de votación.


Después de analizar con la ayuda de profesionales financieros,  y de consultores especialistas en  administración pública, entre ellos un asesor del Banco Interamericano de Desarrollo, queremos dar razón de nuestro voto.

Consideramos viable la reforma a la Ley de Deuda Pública,  que establece  que los contratos de Proyectos Para Prestación de Servicios a largo plazo (PPS) no se consideran deuda pública. Este criterio de no considerarse como deuda pública   es congruente con la metodología  que las propias  empresas calificadoras de riesgo financiero aplican a la contabilidad gubernamental.

También consideramos viable la reforma a la Ley de Proyectos Para Prestación de Servicios Del Estado, pues adiciona  al texto original aprobado por esta soberanía en 2011, la autorización  obligatoria  por parte del Congreso cuando se pretenda  afectar las participaciones federales, y con esto se garantiza que por ningún motivo se comprometerá  el flujo de efectivo destinado al desarrollo social de nuestro estado.

En este mismo sentido estimamos también viable la reforma a la Ley de Obra Pública,  toda vez que  va en concordancia con las dos  reformas  anteriormente citadas.

Sin embargo, por lo que se refiere a la reforma a la Ley Estatal De Presupuesto, Contabilidad Y Gasto Público,  pedimos  la modificación al artículo 29 ter de modo que  no recaiga en una sola persona, esto es, el titular del Poder Ejecutivo, la posibilidad  de afectar total o parcialmente y de manera irrevocable, sin mediar mayor requisito, los ingresos estatales.
Consideramos que esta soberanía no puede renunciar a la función fiscalizadora conferida por la propia Constitución local, ni podemos legislar solo por coyuntura. La propia exposición de motivos de la iniciativa en cuestión reconoce que los esquemas de financiamiento y optimización de recursos en la administración pública son dinámicos y cada día nos ofrecen mejores posibilidades de hacer más rentables los recursos públicos, este dinamismo, pues, debe ir acompañado de un criterio de prudencia que no deje duda  del manejo transparente de los recursos públicos.

Finalmente no nos oponemos a  la reforma a La Ley General de Bienes,  pues consideramos que la adjudicación directa de algún bien inmueble propiedad del estado en segunda licitación y  acompañada de  un descuento máximo del  30% sobre  el  valor catastral  del bien, generará algunos recursos extraordinarios al erario estatal.

Sabedores de que como lo han expuesto varios integrantes de esta soberanía, la llegada de la plata Audi  abona al desarrollo económico de nuestra entidad, nos  manifestamos a favor de todo lo que desde un esquema  transparente beneficie  a Puebla, y observantes de que en todo momento se privilegie el interés público por encima de cualquier otro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Archivo

Followers